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Memoria Política de México

Calleja participa la captura de caudillos insurgentes

Es recibido en la ciudad de México el oficio de Calleja fechado en San Luis Potosí, en el que participa de la captura de los caudillos insurgentes: Hidalgo, Allende, Abasolo, Aldama, Jiménez, Camargo y otros. 8 Abr 1811  Leer mas

El proceso contra Agustín de Iturbuide. Anuario de Derecho PDF Imprimir E-Mail
Silvia MARTÍNEZ DEL CAMPO RANGEL

SUMARIO: I. Antecedentes. II. El establecimiento de la forma monárquica de gobierno. III. El imperio de Iturbide. IV. Destierro, condena y muerte. V. Conclusiones: razón de Estado vs. razón de justicia.

I. ANTECEDENTES. La finalidad del presente trabajo es analizar las bases y los supuestos fundamentos jurídicos del "decreto de proscripción" emitido por el segundo Congreso Constituyente mexicano en abril de 1824, así como el "proceso" que se le siguió a don Agustín de Iturbide y Arámburu, libertador de México, a consecuencia del cual fue fusilado en la villa de Padilla, en el estado de Tamaulipas, el 19 de julio de ese mismo año.

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Hacia finales de la primera década del siglo XIX, y con motivo de la invasión napoleónica a España, la idea de independencia se fue gestando poco a poco en los reinos americanos de la Corona española. Varias fueron las causas internas y externas que animaron los espíritus inquietos de las colonias a pensar en la posibilidad de un gobierno libre del imperio español. Por dondequiera que se realizaban reuniones se buscó la mejor manera de lograr un consenso, una unidad de pensamiento para establecer su propio gobierno. La Corona, después de trescientos años, no se daba cuenta que las cosas se habían modificado, la gente que habitaba en sus reinos ultramarinos ya no era la misma, que los nacidos en América buscaban nuevos caminos. Los españoles deseaban conservar sus prerrogativas, en perjuicio de los criollos, quienes deseaban una mayor intervención en los asuntos del gobierno.

Los desórdenes de la realeza española dieron lugar a profundas reflexiones en los habitantes de América, pensando en la posibilidad de poder gobernarse a sí mismos; aunque en un principio la lucha no fue en contra del monarca, sino del mal gobierno. La limitación al poder de los monarcas absolutos era una alternativa que los pueblos reclamaban, una participación más activa de los diferentes sectores de la sociedad. Esto se fue consolidando con las promulgaciones de las Constituciones francesas y estadounidense y con la proclamación de los derechos del hombre en agosto de 1789. La sociedad de la Nueva España conoció esos cambios e ideas y los deseo para sí.

Las conspiraciones en contra de la Corona comenzaron a suscitarse. El problema en la Nueva España fue que se desencadenó una lucha muy violenta que lo único que desató fue el odio y la desunión entre sus habitantes y la destrucción de su riqueza. Don Miguel Hidalgo, cura descontento con la desigualdad social, y algunos criollos (civiles y militares) comenzaron la lucha en el año de 1810. Por esta violencia otros criollos, aunque deseaban la Independencia, no la aprobaron en este primer momento. Entre ellos se encontraba Agustín de Iturbide, nacido en Valladolid el 27 de septiembre el año de 1783, hijo del vasco José Joaquín de Iturbide y Arregui y de la criolla michoacana Josefa de Arámburu y Carrillo de Figueroa. Joven e inquieto militar, preocupado por los problemas de su patria, fiel a las banderas realistas a quien en 1810 Hidalgo le ofreció la banda de teniente general si se unía a la insurgencia; misma banda que él no aceptó porque ya el movimiento insurgente, dados los terribles acontecimientos de la Alhóndiga de Granaditas en Guanajuato, y por la ola de destrucción que iba causando, se fue desprestigiando y provocó un gran temor entre españoles y criollos. Más tarde, destacaría combatiendo eficazmente a los insurgentes.

A Hidalgo le sucedieron otros caudillos, quienes lucharon contra un ejercito realista conformado en gran parte, por hombres nacidos en América: criollos, mestizos y mulatos, principalmente. Ya para 1816 el movimiento de Independencia estaba prácticamente derrotado por los realistas: sólo quedaban pequeños reductos de resistencia en el Sur. En ese año, Iturbide fue llamado para responder a ciertos cargos por desvío de fondos en su beneficio; se le abrió proceso y se aclaró que las acusaciones eran falsas por lo que se le restituyó en su puesto, pero después de varios años de haber luchado contra los insurgentes y haber pacificado el Bajío, decidió retirarse a trabajar a una hacienda de su propiedad cercana a la ciudad de México. Al retirarse de la vida militar no dejó de estar en contacto con las transformaciones que se fueron dando en la sociedad. Desde ahí se convertiría en un testigo del ambiente y de los cambios operados en la Nueva España como resultado de los años de la guerra civil; esto provocaría que se operara una profunda transformación en su personalidad, y que, finalmente, acabara por definir su particular proyecto de Independencia, basado en la unión entre todos los habitantes del reino, con independencia de su origen étnico, y bajo una forma de gobierno monárquica moderada por una Constitución moderna. Se trataría de consumar la Independencia total del reino de una forma pacífica y conveniente para todos.

II. EL ESTABLECIMIENTO DE LA FORMA MONÁRQUICA DE GOBIERNO

1. El Plan de Iguala

El documento clave para explicar la organización constitucional del Estado mexicano en los albores de su Independencia fue el Plan de Iguala. "No fue una Constitución, pero fijó las bases para un Estado mexicano independiente, contiene sus primeros principios de organización política...".1

En enero de 1820 se restableció en España la Constitución de Cádiz, con motivo del levantamiento militar del coronel Rafael Riego, la que afectó diversos intereses de los distintos sectores de la sociedad, principalmente de la Iglesia, de los peninsulares, y de las castas de origen negro. El pueblo comenzó a inquietarse. Iturbide afirma en su Manifiesto que: "los americanos deseaban la Independencia; pero no estaban acordes en el modo de hacerla, ni el gobierno que debía adoptarse..., cada sistema tenía sus partidarios, los que llenos de entusiasmo se afanaban por establecerlo".2 Entonces vio llegado el momento de dar a conocer y llevar a cabo su propio plan para hacer independiente a su patria. Como afirma Felipe Tena Ramírez: "conjugar las diversas orientaciones hacia el fin común de la independencia, armonizando las pretensiones de todos, tal fue el designio de Iturbide";3 "Cada uno de los partidos -escribió al virrey el mismo día que proclamó su plan- creerá haber ganado mucho a poco costo, aun cuando no llenasen todo su intento".4

El Plan fue firmado el 24 de febrero de 1821; concentraba todas las ideas que Iturbide había madurado y las que consideraba esenciales para conjugar los intereses de todos los sectores de la sociedad. Importa subrayar que: "el documento prueba que el carácter del movimiento no era anticonstitucional, sino que estaba inscrito dentro del movimiento renovador vigente en Nueva España",5 lo que ha sido destacado por Jaime del Arenal hace pocos años.6 Fue dado a conocer a don Vicente Guerrero, el último de los antiguos insurgentes que se mantenía en pie de lucha en las abruptas montañas del sur de la Intendencia de México, y a quien Iturbide no había logrado someter, y Guerrero le dio su plena aceptación, poniéndose bajo el mando de Iturbide como comandante de la División del Sur.

En el pueblo de Iguala, el día 1o. de marzo de 1821, en la casa del comandante general, se reunieron los jefes de los cuerpos, los comandantes particulares de los puntos militares de la demarcación del sur, y los oficiales; Iturbide pronunció un discurso en el que "indicó los síntomas que anunciaban un próximo rompimiento, y ponderó las terribles consecuencias de éste, si para precaverlas no se adoptan medidas prontas y eficaces que concentrasen la opinión, e identificasen los intereses y los votos que se notaban encontrados".7 Expresamente confesó el apoyo del antiguo insurgente: " ...y para no hacer mención de otros apoyos en el robusto que me franquea el general Guerrero, decidido a cooperar a mis patrióticas intenciones, me han determinado a promover el plan que llevo manifestado".8 Se le aclamó y todos se felicitaron entre sí por encontrarse viviendo el momento que tanto deseaban: la independencia. Se le propuso la investidura de teniente general, pero la rechazó argumentando que: "... procurar la independencia del país en que vivimos. Ésta es toda mi ambición...".9 Aceptó, en cambio, el nombramiento de primer jefe del nuevo ejército llamado de las Tres Garantías; primer ejército del México independiente.

Al día siguiente, los comandantes y oficiales nuevamente reunidos en la casa de Iturbide, juraron cada uno el acta del día anterior y cada una de las tres garantías en las que se basaba el plan. En éste, se aseguraban los derechos de religión, igualdad, propiedad, unión y libertad de todos los habitantes de la América Septentrional, como entonces se le llamaba también a la Nueva España; se eliminaba la diferencia de castas y se permitía la admisión de cualquiera -independientemente de su origen- a cualquier puesto público. Además, se protegían los derechos de la Iglesia, se mantenía la religión católica como la única del imperio, se proclamaba la unión entre todos, y se establecía un nuevo imperio bajo la Corona de un miembro de la dinastía española, que gobernaría a México conforme a una Constitución propia, acorde con las circunstancias e historia del país. En síntesis, el plan establecía garantías fundamentales para todos sus habitantes: las tres garantías de independencia absoluta del reino, unión de antiguos insurgentes y realistas; de españoles, criollos, castas, asiáticos, indígenas y negros, y la conservación de la religión católica como la única del naciente imperio. "El Plan de Iguala forjó una alianza de muchos y variados intereses, nunca antes vista en la historia mexicana",10 por lo que tuvo un éxito rotundo. Como lo afirmó Iturbide en su propio Manifiesto: "La ejecución tuvo el feliz resultado que me había propuesto: seis meses bastaron para desatar el apretado nudo que ligaba a los dos mundos. Sin sangre, sin incendios, sin robos, ni depredaciones, sin desgracias...y transformada de colonia en grande imperio".11 "Asombrad a las naciones de la culta Europa: vean que la América Septentrional se emancipó sin derramar una sola gota de sangre", indicó.12

Dada la diversidad de intereses que se manejaban y el rompimiento entre las clases sociales como consecuencia de la larga guerra insurgente, estimamos, con Jaime del Arenal, que: "... la clave fue la unión propuesta por Iturbide en un plan que garantizaba al español que no sería, ni arrojado del nuevo Estado, ni perseguido, ni objeto de expoliaciones, venganzas o crímenes".13 O, en boca de Iturbide:

    ...la unión general entre europeos y americanos, indios e indígenas, es la única base sólida en que puede descansar nuestra común felicidad... la felicidad común del reino es necesaria la hagan todos reunidos en una sola opinión y en una sola voz. Es llegado el momento en que manifestéis la uniformidad de sentimientos y que nuestra unión sea la mano poderosa que emancipe a la América sin necesidad de auxilios extraños.14

En el Plan se resolvió uno de los problemas capitales a los que se enfrentaba la nueva nación: la forma de gobierno del nuevo Estado independiente. Dadas la historia, las tradiciones y las costumbres de sus habitantes, los trescientos años de vigencia de un sistema monárquico, la difusión de las monarquías en la totalidad del mundo occidental (excepto en Estados Unidos), el fracaso rotundo del experimento republicano en Francia, Iturbide naturalmente previó que sería el "gobierno monárquico templado por una constitución análoga al país".15

El Plan de Iguala estableció en su artículo 4o.:

    Será su Emperador el Sr. D. Fernando séptimo, y no presentándose personalmente en México dentro del término que las Cortes señalaren á prestar el juramento, serán llamados en su caso el serenísimo Sr. Infante D. Carlos, el Sr. D. Francisco de Paula, el Archiduque Carlos, ú otro individuo de Casa Reynante que estime por conveniente el Congreso.

Todo esto con el objeto de "hallarnos con un monarca ya hecho y precaver los atentados funestos de la ambición". Habría también una Junta, que se denominaría gubernativa, encargada de ejecutar el plan y que gobernaría en nombre de su majestad, en lo que se reunían las Cortes, y en virtud del juramento de fidelidad que le había prestado la nación.16 El artículo octavo estableció que si el Rey Fernando VII no aceptaba venir a México, mientras se resolvía qué emperador debía gobernar, lo haría la Junta o una regencia. El artículo décimo dispuso que las Cortes resolverían si continuaría la Junta o sería sustituida por una regencia mientras se nombraba a la persona que habría de coronarse.17

Importante para los fines de este estudio son los artículos 21 y 22, éstos dispusieron que mientras se reunieran las Cortes mexicanas se procedería "en los delitos con total arreglo a la Constitución Española", y que respecto al de conspiración contra la Independencia se procedería "a prisión sin pasar a otra cosa hasta que las Cortes" decidieran las penas al "mayor de los delitos".18

2. Los Tratados de Córdoba

El Plan de Iguala fue reconocido y ratificado en los Tratados de Córdoba, firmado por Iturbide en esta villa con el representante español, capitán general y jefe político superior, don Juan O'Donojú, el 24 de agosto de 1821. Al llegar O'Donojú a la Nueva España, cuando ya la inmensa mayoría estaba de acuerdo con la propuesta de Iguala (excepto los enclaves realistas de la ciudad de México, Acapulco y Veracruz), no le quedó otro remedio que pactar con Iturbide, considerando así sacar un mejor partido para la Corona, particularmente para la dinastía de los Borbón. Realmente, como afirma el historiador Timothy E. Anna, los Tratados de Córdoba son un acuerdo diplomático para impedir una nueva y larga guerra civil,19 y su verdadero triunfo consistió en lograr un consenso de todos los sectores de la sociedad. Con la firma de los Tratados de Córdoba se puso fin, prácticamente, a la dominación española en México.

En relación con la forma de gobierno que establecían el Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba, se han hecho muchos análisis y se han desarrollado muchas discusiones. Es cierto que en ese momento no todos estaban de acuerdo en que la forma de gobierno fuese una monarquía, pero la oposición era muy débil y escasa. La intención de Iturbide era continuar con un sistema conocido, y al que estaban acostumbrados los novohispanos, además de que la monarquía aseguraba establecer un estado sólido y fuerte, para un inmenso imperio de más de cuatro millones de kilómetros cuadrados. Importante es destacar aquí que dicha forma de gobierno fue aceptada por todos, ya que el Plan y los Tratados se aceptaron en su totalidad por todos los sectores de la sociedad, aunque unos artículos sí y otros no. Su porqué era darle estabilidad y solidez al nuevo Estado.

En el artículo primero de los Tratados se estableció que el nombre de la nueva nación independiente y soberana sería el de "Imperio Mexicano". En el artículo segundo, que el gobierno sería "monárquico, constitucional moderado", y en el tercero, que sería llamado a reinar Fernando VII:

    ...y por su renuncia o no admisión (lo que era fácil de preverse) su hermano, el serenísimo señor infante don Carlos; por su renuncia o no admisión, el serenísimo señor infante don Francisco de Paula; por su renuncia o no admisión, el señor don Carlos Luis, infante de España, antes heredero de Etruria, hoy de Luca; y por la renuncia o no admisión de éste, el que las Cortes del imperio designaren.20

Las diferencias con el artículo 4o. del Plan consisten en que mientras éste llamaba en última instancia al archiduque Carlos, de la dinastía austríaca, los Tratados llamaban al infante Carlos Luis Borbón; y mientras el Plan condicionaba al Congreso mexicano a elegir a algún individuo de "casa reinante", en caso de la no aceptación de ninguno de los candidatos previstos, los Tratados eliminaron esta condición, con lo cual cualquiera persona que estimara conveniente dicho Congreso podría ser coronado emperador, incluyendo a O'Donojú o a Iturbide.

Los Tratados de Córdoba, al igual que el Plan, establecieron que se nombraría la Junta Provisional Gubernativa, que nombraría a su presidente. En ella residiría el gobierno interino del Imperio y el ejercicio provisional del Poder Legislativo. También se establecería una regencia (prevista vagamente en los artículos 8o. y 10 del Plan) compuesta por tres personas, en la que residiría el Poder Ejecutivo, y que gobernaría en nombre del monarca hasta en tanto éste no fuera designado.

La importancia de los Tratados es mayúscula, toda vez que, aunque pueda válidamente cuestionarse las facultades y la legitimidad de O'Donojú para firmarlos, supuso un instrumento jurídico útil para apagar la resistencia de las autoridades realistas de la ciudad de México, y permitir la pacífica y concertada entrega del mando por parte de O'Donojú a las autoridades mexicanas, así como para la entrada gloriosa y feliz del ejército trigarante en la ciudad de México el 27 de septiembre de 1821, cuando, por fin, se consumó la independencia mexicana y murió la Nueva España.

3. La "soberanía" del Congreso: la aceptación del Plan y de los Tratados

La Junta Provisional Gubernativa quedó instalada el día 28 de septiembre y eligió como presidente a Iturbide. Este mismo día se redactó el Acta de Independencia, en la que se declaró solemnemente a la "Nación Mexicana" como soberana e independiente de la antigua España, constituída con arreglo a las bases del Plan de Iguala y Tratados de Córdoba. Fue firmada por personas que, en su conjunto, representaban los diversos grupos que se habían unido para lograr la Independencia, excepto los viejos insurgentes, si bien encontramos a algunos de los "guadalupes", sociedad que secretamente había ayudado a Morelos y a su grupo.21 Ese mismo día se nombró a los cinco integrantes de la Regencia: Iturbide, O'Donojú, don Manuel de la Bárcena, don Isidro Yáñez y don Manuel Velázquez de León, quienes a su vez nombraron a Iturbide como su presidente. Por la muerte del último capitán general de la Nueva España, ocurrida el 8 de octubre, la Junta eligió en su lugar al obispo Pérez de Puebla. Como era incompatible que Iturbide fuera el presidente de la Junta y de la Regencia se concluyó que su cargo en la Junta sería honorífico; en ese mismo acto Iturbide fue nombrado generalísimo y almirante. Una vez instalada la Junta, debía redactar la convocatoria para elecciones del Congreso Constituyente, y gobernaría y legislaría conforme al derecho vigente en todo lo que no se opusiera al Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba; es decir, se preveía la vigencia transitoria y limitada de la propia Constitución española de 1812. México era el único país independiente que declaraba la vigencia de la Constitución gaditana.22

    En la sesión del 10 de noviembre se presentaron tres proyectos relativos a la elección y a la organización del Constituyente. El proyecto de la comisión integrada por miembros de la Junta, proponía el sistema de la Constitución española, con elección indirecta en tres grados y una sola Cámara. El proyecto de la regencia postulaba el bicamarismo, correspondiendo a la Cámara Alta la representación del clero, del ejército, de las provincias y de las ciudades, y a la Baja la representación de los ciudadanos, elegidos directamente a razón de uno por cada cincuenta mil habitantes. El proyecto de Iturbide, también bicamarista y de elección directa, propugnaba la elección por clases o gremios. Con elementos de los tres proyectos la Junta formó uno solo, que en parte tomó en cuenta para la elección a las clases o gremios, la estableció indirecta y dispuso que el Congreso se dividiera en dos Cámaras iguales,23

...con igual número de diputados y facultades, dependientes, en consecuencia, una de la otra.

Celebradas las elecciones correspondientes, el Congreso Constituyente se reunió el 24 de febrero de 1822, dejando de existir la Junta Provisional de Gobierno. Las irregularidades comenzaron a presentarse de inmediato, pues a pesar de haberse dispuesto el establecimiento de las dos cámaras, el Congreso se reunió en una sola asamblea. No se justificaron los motivos por los que se tomó esta determinación. Sin ninguna duda, había quienes pensaban que el Congreso debía sesionar en dos salas; con todo, la inmensa mayoría de sus integrantes guardaron silencio. Se discutió el asunto y se concluyó que detrás del sistema bicamarista no existía ningún antecedente, y en cambio del unicameral se encontraba el ejemplo en las Cortes de Cádiz. Comenzaban de esta forma los conflictos tradicionales en nuestra historia constitucional entre los poderes Legislativo y el Ejecutivo; luchas por definir quién era superior al otro; en fin, luchas por el poder que tanto le costarían al país a lo largo de toda su historia.

Los diputados de este primer Congreso Constituyente juraron defender los principios del Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba y constituir al nuevo Estado conforme con las Bases Constitucionales, aprobadas el mismo 24 de febrero de 1822: "...formar la Constitución de la nación Mexicana, bajo las bases fundamentales del plan de Iguala y los Tratados de Córdoba, jurados por la Nación.... estableciendo la separación absoluta del Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial, para que nunca puedan reunirse en una sola persona o corporación".24

La importancia de estas Bases Constitucionales reside, como afirma Tena Ramírez, en que:

    ...consignaron como voluntad del Congreso los que habían sido compromisos entre Iturbide y O'Donojú relativos a la intolerancia religiosa, a la monarquía constitucional y a la sucesión de los Borbones. De este modo el Congreso, en su carácter de único órgano jurídicamente autorizado, declaraba como voluntad del pueblo lo que hasta entonces sólo había sido voluntad presunta...25 incluida la forma monárquica de gobierno.

La Regencia también realizaría su juramento, que a la letra dispuso: "¿reconocéis la soberanía de la nación mexicana representada por los diputados que ha nombrado para este Congreso Constituyente? Sí, reconozco. ¿Juráis obedecer sus decretos, leyes, órdenes y constitución que éste establezca, conforme al objeto para que se ha convocado?26 Pero el asunto más grave y trascendental consistió en confundir la representación de la soberanía con el depósito de la soberanía. En efecto, el mismo día de su instalación el señor Odoardo, presidente del Congreso, preguntó a los diputados reunidos. ¿Si la soberanía reside esencialmente en la nación mexicana? Y se dijo unánimemente que sí...". El diputado Fagoaga hizo la siguiente proposición: "¿La soberanía nacional reside en este Congreso Constituyente? Y fue aprobada".27 Por si esto fuera poco, el Congreso Constituyente se reservó para sí "el ejercicio del Poder Legislativo en toda su extensión",28 y se declaró representativo, soberano, constituyente y supremo; por lo tanto, asumió casi todo el poder. Lo más importante que se plantea en este momento es que el Congreso declaró que la soberanía residiría en él. Iturbide no estuvo de acuerdo con la doble función del Constituyente, ya que sólo le correspondía establecer una nueva Constitución, diferente a la de Cádiz, y no legislar en forma permanente; menos aún asumir en forma monopólica la soberanía de la nación. Un super poder había nacido, y mucho le costaría al naciente imperio.

4. Comienzan los conflictos

La soberanía reclamada por el Congreso dio lugar desde un principio a una serie de incidentes y conflictos entre Iturbide y la Asamblea Constituyente que fueron motivados por meros asuntos de precedencias, hasta por acusaciones recíprocas de traición. Esto resulta particularmente interesante para el objetivo de este estudio, pues implica el delito de traición por el que finalmente será Iturbide injustamente condenado. Ya desde abril de 1822 ambos poderes se acusarán de traidores, supuestamente por colaborar con el evidente movimiento contrarrevolucionario dirigido por las tropas españolas todavía asentadas en el territorio imperial, con el objeto de dar marcha atrás a la Independencia. En efecto, en la agitadísima sesión del 3 de abril, en la cual Iturbide comunicó al Congreso de los planes de insurrección de las tropas españolas orquestados desde San Juan de Ulúa por el comandante español José Dávila, acusó de traidores a algunos de los miembros de la Regencia y a once diputados del Congreso, a lo cual, uno de los regentes, Isidro Yáñez, sintiéndose aludido, le contestó: "¿Cómo es eso de traidores? Usted es el traidor". A continuación, se levantó una verdadera tempestad que terminó con la propuesta para declarar traidor a Iturbide por haber intercambiado cartas con Dávila, a quien Iturbide efectivamente había escrito, pero para disuadirlo de intentar la contrarrevolución. "Los antiiturbidistas echaron a rodar la especie de que Iturbide era el autor de tal rebelión, para ceñirse cuanto antes la Corona",29 puesto que para entonces ya se conocía el rechazo español a los Tratados de Córdoba. Era evidente que este rechazo había alimentado la oposición de los diputados borbonistas, así como la de las tropas españolas. Al mismo tiempo, puede explicarse el estado de ánimo de Iturbide, nervioso y agitado esos días, puesto que este rechazo venía a significar el derrumbe de todo su proyecto político propuesto en Iguala. Por la misma razón, se adelantó a proclamar que no eran sus intenciones coronarse como emperador.

Si bien en los días siguientes las aguas se calmaron, el 10 de abril el Congreso sustituyó a tres de los miembros de la regencia favorables y amigos de Iturbide, el obispo Pérez, y los señores Velázquez de León y Manuel de la Bárcena, sustituyéndolos con el conde de Heras y Soto, el doctor Miguel Valentín, cura de Huamantla, y el antiguo insurgente, general Nicolás Bravo. Iturbide quedaba cercado por sus enemigos, tanto en la Regencia como en el Congreso.30

5. El rechazo español al Tratado

La verdadera y profunda crisis del proyecto iturbidista -reconocido y aceptado libremente por el Congreso Constituyente, por el ejército, por la Iglesia, por las provincias y, en general, por el pueblo mexicano- se presentó cuando los Tratados de Córdoba no fueron reconocidos ni aceptados por Fernando VII, ni por las "liberales" Cortes españolas; con lo que, al cancelarse la posibilidad de que alguno de los designados en el Plan y en los Tratados pudieran venir a ceñirse la Corona del nuevo imperio mexicano, se planteó el problema de quién asumiría su titularidad. El que fuera, sería ahora designado por el Congreso Mexicano conforme con lo dispuesto por el artículo 3o. de los Tratados, reconocido expresamente por éste al instalarse.31

Ya durante noviembre de 1821 el Consejo de Estado español había conocido y comenzado a discutir los Tratados de Córdoba, y había opinado que España "no debía consentir el desmembramiento de su imperio". En diciembre, el ministro español de ultramar afirmó que "el rey no había autorizado a nadie a negociar un tratado reconociendo la independencia de ningún territorio".32 La referencia y la condena a O'Donojú no pudo ser más evidente. Por fin, "en febrero de 1822, como parte del decreto que anunciaba el plan de enviar a las colonias rebeldes comisionados para escuchar sus quejas, España proclamó que el Tratado de Córdoba era ilegal y sin validez".33 Este documento se dio a conocer en México en la Gaceta Imperial, el 28 de marzo del mismo año. El cuidadoso proyecto, el meditado propósito, las buenas intenciones, y la prudente propuesta de Iturbide en Iguala, aceptados por O'Donojú en Córdoba, se comenzaban a hacer añicos. La terca, irreal y miope España liberal se comportaba como la más absolutista de las Españas tradicionales, y negaba a los mexicanos lo que ella había deseado durante la invasión napoleónica: su independencia. Decisión funesta para ambos: impidió el establecimiento de un imperio hispánico, enorme y amigo, en la América Septentrional; y de un nuevo y fuerte estado capaz de oponerse a la evidente expansión territorial estadounidense. La ceguedad española y sus vanas pretensiones de volver a conquistar lo perdido, definitivamente metieron a México en la primera y más costosa de sus crisis constitucionales; provocó, una vez más, la desunión de sus habitantes, particularmente de los nacidos en América con los españoles, quienes serían, a la larga, las primeras víctimas de este grave atentado contra la garantía de la unión, en la cual descansaba de manera fundamental y prioritaria el proyecto de independencia de Iturbide.34

La pregunta que de inmediato se plantearon todos los mexicanos ante este rechazo fue simplemente quién podría ser coronado ahora como emperador del Imperio mexicano. El propósito de Iturbide de contar con "un monarca ya hecho" para "precaver los atentados funestos de la ambición", se vino abajo, y no sólo la ambición, sino además la envidia, el celo y el egoísmo, los intereses de partido, las intrigas, y las influencias de extranjeros determinarían el comportamiento de las elites políticas de entonces; sin exclusión de ninguna.

Explica Timothy Anna que Iturbide: "quizá teniendo en mente el rechazo español al Tratado de Córdoba, ...envió el 27 de marzo de 1822, un cuestionario a las autoridades locales de los diferentes distritos del país", haciendo diferentes preguntas, pero la más importante consistió sobre la forma de gobierno que, según la opinión pública, debía adoptar México, monarquía o República. Todos insistieron en la forma monárquica, entre ellos Santa Anna: "la parte mas sensata e ilustrada del pueblo adopta el gobierno monárquico constitucional. El republicano tiene pocos partidarios...", afirmó.35 Realmente, la resistencia al establecimiento de una monarquía era débil. En ese entonces, el partido republicano no tenía una representación fuerte, y pocos conocían lo que era y significaba una República. El camino seguía abierto hacia la monarquía constitucional, conforme con las Bases Constitucionales juradas por el Congreso.

En este momento, todos los grupos sociales le reconocían a Iturbide sus méritos como consumador de la Independencia; la gente lo admiraba, se deseaba su presencia y colaboración en todos los ámbitos. Pudo, incluso, haberse proclamado emperador antes; nada ni nadie se lo hubiera impedido. "Ni siquiera la gloria que Bolívar gozó en sus momentos de triunfo igualó el culto a Iturbide".36 Ahora sabemos, conforme con los últimos estudios historiográficos, que a él no le importaba ser emperador ni era lo que ambicionaba; su ambición era la Independencia y la consolidación de su patria. Realmente la gente lo reconocía como su libertador y había una verdadera veneración hacia su persona, "producto de la alegría y del alivio sin freno ocasionados por la rápida y prácticamente incruenta victoria de Iturbide sobre las fuerzas españolas". Incluso, los que más tarde serían sus enemigos en este momento le alababan.37

III. EL IMPERIO DE ITURBIDE

1. La proclamación popular

Habían transcurrido ya tres meses y el Congreso no había cumplido con su cometido de discutir ni presentar un proyecto de Constitución. Si bien se nombró una comisión para que redactara el proyecto, su preocupación estuvo centrada en la amplitud de poderes que detentaba Iturbide, por lo que se pretendió establecer que el que detentara el mando militar no podría controlar la administración civil. Esta disposición no se aprobó, porque la mayoría estuvo de acuerdo en que Iturbide detentara ambos poderes.

La popularidad y simpatía con las que contaba Iturbide dentro de todos los sectores de la sociedad, así como la muerte de O'Donojú, lo marcaban como el candidato idóneo para ser coronado emperador en sustitución de Fernando VII o de cualquier otro Borbón; estableciéndose así la Corona mexicana en un mexicano, lo que sería bien visto por los mexicanos pero que acarrearía la oposición de lo que ya comenzaba a denominarse el partido borbonista, agrupado alrededor de las logias masónicas del rito escocés. Pueblo, ejército, provincias, casi todo el clero (excepto el arzobispo de México, Pedro Fonte, gachupín a ultranza) apoyaban la coronación de Iturbide. Sólo faltaba la opinión del Congreso "soberano".

En la noche del 18 de mayo de 1822 una manifestación popular encabezada por el sargento mayor (no un mero sargento), Pío Marcha, a través de las calles de la ciudad se dirigió hasta la residencia de Iturbide, ubicada en las calles de Plateros. No puede haber duda que los altos comandantes del ejército y la tropa deseaban que Iturbide asumiera el trono. Ese clamor se extendió a todas las clases de la sociedad: empezó con un pequeño grupo hasta alcanzar una gran multitud. No fue una manifestación del "populacho", como se ha escrito. Al asomarse al balcón de su casa lo convencieron de que accediese al llamado del pueblo. "Música militar, música civil, cohetes, disparos de fusilería, las campanas al vuelo. Nadie durmió esa noche del júbilo general. No hubo una persona que mostrara desagrado".38

En ese momento Iturbide era el héroe aclamado por todos y no había quien le negara el mérito de haber consumado la Independencia sin violencia y con principios que servirían de base a la conformación del nuevo Estado mexicano. Para entonces debió darse cuenta de que el rechazo español a su Plan y a los Tratados le abría las posibilidades de asumir un trono que hoy sabemos, gracias a los estudios del historiador canadiense Anna, le resultaba difícil de desear y, menos, de aceptar. Así lo confesaría años más tarde en su manifiesto desde Liorna.39 Pero en ese instante le resultaba difícil -si no imposible- oponerse a la voluntad popular. Iturbide se limitó a afirmar que: "la ley es la voluntad del pueblo: nada hay sobre ella; entendedme, y dadme la última prueba de amor, que es cuanto deseo, y lo que colma mi ambición";40 "los mexicanos no necesitan que yo les mande", opinando que fuera el Congreso el que dijera la última palabra.

2. El debate en el Congreso y la ratificación final

El 19 de mayo se presentó una iniciativa al Congreso firmada por los militares, donde se le solicitaba considerar el asunto de la elección de Iturbide como emperador. El diputado Valentín Gómez Farías presentó otra iniciativa, firmada por 46 diputados, pidiendo proclamarlo como emperador. Afirmaba que deseaban recompensar al "Libertador" por todos sus servicios otorgándole el trono, y que ese era también el deseo de las provincias representadas por los diputados que firmaban. Iturbide manifestó que se sometería a lo que los diputados decidieran. Éstos tuvieron un primer debate público, mientras que la multitud aclamaba a Iturbide. Fue una sesión en la que intervino todo el mundo con la presencia del mismo interesado. Sesenta y siete diputados votaron en favor en forma inmediata, mientras que quince votaron en el sentido de que tenían que referir su voto a las provincias que representaban. Como recuerda Timothy Anna, nadie votó en su contra. El diputado Francisco Argándar argumentó que se nombrara a Iturbide emperador para evitar una nueva guerra civil, diciendo que no se había dicho nada negativo con relación a su elección como emperador.41 A este respecto, el escritor Fernández de Lizardi estableció que si Iturbide no hubiera aceptado el trono, ninguna otra facción hubiera obtenido apoyo suficiente para salir adelante y México se hubiera visto envuelto en una nueva guerra civil.42 La argumentación principal del Congreso residió en que una vez rechazados por España el Plan y los Tratados, quedaba en libertad el Congreso para elegir al emperador que quisiera. El Congreso debía presentar la propuesta de quién habría de ser el emperador para cumplir con el requisito del artículo cuarto del Plan de Iguala y los Tratados.

Una vez que se anunció la aprobación de la propuesta se levantó una gran ovación para Iturbide y para el Congreso. Hubo una felicidad generalizada ya que se "coronaba" el ideal de todos, reconociéndole, así, a su "Libertador" todos los bienes que había obtenido para la nación. Lorenzo de Zavala afirmó que los partidarios de Iturbide como emperador fueron "el clero, la miserable nobleza del país, el ejército en su mayor parte y el pueblo bajo, que no veían en este jefe más que al libertador de su país"; es decir, casi toda la sociedad.43 Muy pocos se opusieron, una parte mínima de la elite de entonces que pretendía arrogarse para sí el monopolio de la representación "popular": burgueses letrados, masones escoceses, borbonistas y republicanos. La minoría del inmenso imperio. Al no reconocerse otro candidato, Iturbide debía asumir el trono.

Se puede pensar que en esa sesión el Congreso estuvo presionado por el clamor de la gente, y así restarle validez a la elección, pero el día 21 de mayo, con 106 diputados presentes, el Congreso acordó en forma unánime publicar el acta de la elección de Iturbide; ese mismo día se le tomó juramento mediante el cual se comprometió a mantener la religión católica, observar la Constitución mexicana y las leyes que expidiere el Congreso y la Constitución española en tanto aquélla se aprobase, a no desmembrar al Imperio, ni quitar la propiedad a nadie, y a respetar la libertad de todos; es decir, se confirmaban los principios establecidos en el Plan y los Tratados.44 En el decreto del Congreso se estableció: "pues que habiendo sido su libertador, sería el mayor apoyo para su defensa; así lo exigía la gratitud nacional; así lo reclamaba imperiosamente el voto uniforme de muchos pueblos y provincias, expresado antes de ahora; y así lo manifestó de una manera positiva y evidente el pueblo de México y el Ejército que lo ocupaba". En la fórmula empleada en el juramento expresamente se hizo referencia a que Agustín de Iturbide era emperador "por la Divina Providencia, y por el nombramiento del Congreso de representantes de la nación".45

En los días subsecuentes el Congreso siguió tomando determinaciones en torno al Imperio. Se entiende que la elección de Iturbide fuera un suceso aceptado por la mayoría de la nación; se tomaba como consecuencia natural de las cosas; máxime que Iturbide venía ejerciendo el poder en la práctica desde la consumación de la Independencia. Por lo mismo, él podía temer lo que implicaba aceptar esa Corona -las dificultades de un reino en formación- que no se sentía preparado para enfrentar. Era un militar, no un gobernante, por lo que cuando se le ofreció la Corona, o más bien, se le exigió, la tomó para evitar mas derramamiento de sangre en una nueva guerra civil que no deseaba, tal y como lo afirmaría en una carta que le mandaría al libertador Simón Bolívar46 y en su "testamento".

Su inobjetable legitimidad como emperador se encuentra en la ratificación por parte del Congreso del Plan de Iguala y de los Tratados de Córdoba, los que habían sido reconocidos por el pueblo en todo su contenido, incluyendo la forma de gobierno monárquico moderado por una Constitución, así como en su propia elección ratificada asimismo por el Congreso.

3. La coronación. Iturbide, emperador constitucional

El llamado a Iturbide a tomar la Corona salió del mismo pueblo que sancionaba la forma de gobierno monárquica, y este llamado fue ratificado por el Congreso, que de esta manera aceptó dicha forma de gobierno.

Con la aceptación al trono, Iturbide cumplió con otra de las promesas del Plan de Iguala, estableciéndose en su persona una monarquía, moderada por una Constitución. Mientras ésta se expedía -y el Congreso no había hecho ni discutido nada al respecto, ni lo haría en los meses siguientes- continuaría vigente la Constitución española de 1812, en tanto no se opusiera a lo dispuesto en el Plan y en los Tratados.47 Al reconocer el Congreso la forma de gobierno que Iturbide había establecido como la más adecuada para nuestro país, y al reconocer la aclamación de Iturbide como la cabeza de esa nueva monarquía en diversas sesiones y decretos, no se puede argumentar que su designación no tuviera validez o que se hubiera adoptado por un acto de violencia. Recuérdese que el 23 de mayo el Congreso aprobó, como su título oficial, la fórmula "Agustín, por la Divina Providencia y por el Congreso de la Nación, primer emperador constitucional de México",48 y días más tarde decretó la monarquía hereditaria.

La coronación se llevó a efecto el domingo 21 de julio en la catedral de México. El ceremonial recuerda mucho las tradiciones y símbolos de la época virreinal; como entonces, se requería de dichos símbolos para la validez de los actos, ya que eran formas reconocidas por todos y necesarias para dar seguridad a la sociedad. El Congreso en su totalidad estuvo reunido, así como las corporaciones principales y miembros de todas las clases.

    Procedióse á la ceremonia después de colocadas en el altar las insignias imperiales; al empezar la misa celebrada por tres obispos -excluido el de México, Pedro Fonte, que discretamente había abandonado su diócesis para regresar a España, una vez que ésta había rechazado el Tratado de Córdoba- el emperador y la emperatriz, ya revestidos con el traje propio, se dirigieron a las gradas del altar, donde el ministro consagrante les ungió según las prevenciones del ritual; bendijéronse luego las insignias, y el presidente del Congreso (Mangino) tomando la corona, la colocó sobre la cabeza de Iturbide y éste en la de la emperatriz; ocuparon entonces un trono grande dispuesto al efecto, y el obispo celebrante, dichas las últimas preces, volvióse a la concurrencia y exclamó en alta voz: ¡ Vivat Imperator in aeternum!, a que contestaron los asistentes: ¡Viva el emperador y la emperatriz!.. Concluida la ceremonia, el jefe de los reyes de armas en alta voz exclamó: El muy piadoso y muy augusto emperador constitucional primero de los mexicanos Agustín, está coronado y entronizado: ¡Viva el emperador! Los concurrentes respondieron ¡Viva el emperador y viva la emperatriz!49

4. La lucha de los poderes

Uno de los principales problemas que se suscitaron entre el emperador y el Congreso, fue la mencionada proclamación de este último como "soberano", aun antes de discutir el contenido de la Constitución prevista, delegando a un segundo y tercer plano a los poderes Ejecutivo (la Regencia y el emperador) y Judicial (las audiencias). Si bien se tenía como base jurídica la Constitución de Cádiz, en relación con el derecho de veto, que sí concedieron las Cortes españolas al monarca, en México se le negó al emperador.50 Muchos de los miembros del Congreso aceptaron que el papel del emperador sólo sería secundario. Además, Iturbide, al realizar su juramento el 21 de mayo, juró que estaría ligado a las leyes, órdenes y decretos "que ha dado y en lo sucesivo diere" el Congreso, lo que algunos pudieron interpretar como que había aceptado su soberanía.

El Congreso no tomó en cuenta que su función principal consistía en elaborar la Constitución del imperio y dar paso a la elección de un Congreso ordinario; dicha Constitución sería la que sustituyera a la de Cádiz. Pero durante meses no se produjo ningún borrador oficial de la misma, salvo los proyectos particulares de Antonio José Valdez y el atribuido a Miguel Guridi y Alcocer.51 Como estableció Iturbide en su Manifiesto, no se escribió ni un solo renglón de la Constitución, ni se creó un sistema de hacienda; y la administración de justicia estuvo abandonada: nunca llegaron a establecerse los nuevos tribunales que sustituyeran a las dos audiencias virreinales.52

Por otra parte, se estableció que eran incompatibles el mando militar y ser miembro del Poder Ejecutivo. Esto ocasionó un choque inmediato entre el emperador y el Congreso, choque que seguramente se hubiera dado con cualquiera que hubiese asumido el trono. Estas diferencias fueron surgiendo pocos meses después de que Iturbide subiera al trono, y se fueron agravando a medida que pasaban las semanas. En este tiempo se integrarían a la vida política mexicana promotores de conspiraciones republicanas, como el colombiano Miguel Santa María, y los antiguos diputados a las Cortes españolas Miguel Ramos Arizpe y Mariano Michelena -organizador de las logias masónicas del rito escocés en donde surgieron los principales centros de oposición de Iturbide-. Un agente especial de Estados Unidos -el célebre y nefasto Joel R. Poinsett- trabajó duramente para proponer el modelo republicano y oponerse a la monarquía de Iturbide, sembrando la semilla de las logias del rito yorkino. Liberado de la prisión de San Juan de Ulúa, el padre Servando Teresa de Mier -con claras ideas republicanas y de enorme influencia política- le informó a Iturbide que lo desconocía como emperador. Durante los últimos meses de 1822 y los primeros de 1823 hubo un crecimiento de las logias antiiturbidistas, formadas por antiguos borbonistas y por republicanos. El Congreso estaba lleno de enemigos al proyecto de Iguala, e incluso hubo algunos que se opusieron a la garantía de la unión. Muchos de los altos funcionarios del ejército imperial como los insurgentes Bravo, Guerrero, y Victoria, así como Felipe de la Garza, poco a poco se volvieron en contra de Iturbide y apoyaron a la oposición, aunque poco antes habían sido leales a éste. Comenzaron a fraguarse conspiraciones entre mayo y julio de 1822. Incluso se llegó a la conclusión de que el Congreso Constituyente, que había sido creado para dictar leyes fundamentales, podía ignorar las vigentes. Como el Congreso era soberano, todos los poderes le pertenecían y había subdelegado el Poder Ejecutivo en el monarca, por lo que éste no representaba a la nación, sino únicamente el Congreso: "...había problemas básicos en la visión que el Congreso tenía de sí mismo... y de hecho el Congreso Constituyente nunca llegó a producir ni siquiera un borrador de la Constitución, antes de que Iturbide lo cerrara en octubre".53

También hubo sesiones públicas en las que se afirmó que ninguna consideración debía hacerse al Plan de Iguala y a los Tratados suscritos en Córdoba. Mier decía que no eran válidos ninguno de los dos, ni la Constitución de Cádiz, ni los decretos de la Junta Provisional. Afirmó que la soberanía residía en la nación, quien la había delegado en el Congreso, y que éste había a su vez había delegado el Poder Ejecutivo en el emperador, lo que llevaba al desatino de concluir que el emperador representaba al Congreso. Esta posición estaba completamente alejada de cualquier consenso público.54 Se olvidaba que el Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba eran superiores al Congreso, porque éste los había ratificado en las Bases Constitucionales, como había ratificado la vigencia de la Constitución gaditana en sus primeras sesiones, en tanto la nación mexicana tuviera su propia Constitución. Pero en la realidad, tampoco deseaba acatar la Constitución de Cádiz porque ésta limitaba también sus poderes.

Se trataba de un Congreso Constituyente que quería levantarse sobre todos los poderes existentes, ser la máxima autoridad sin ningún límite, sin darse cuenta y reconocer que su objetivo único era dictar la Constitución que limitaría a todos los poderes conforme con las Bases Constitucionales juradas en febrero de 1822, Bases que recogían los principios de Iguala y Córdoba. Por supuesto, aquélla no era la concepción que Iturbide tenía del Congreso; ahora se pretendía impedir la existencia de un monarca absoluto, con el establecimiento de un Congreso absoluto. Todo esto afloró en las tres principales disputas habidas entre mayo y agosto de 1822: le negaron al emperador el derecho de vetar las leyes constitucionales y los impuestos; según la Constitución de Cádiz, los miembros del Supremo Tribunal de Justicia deberían ser nombrados por el emperador, mientras que el Congreso estableció que estaba dentro de sus facultades; y, para restaurar el orden y la justicia en las provincias y para evitar las conspiraciones que comenzaban a surgir en el país, Iturbide consideró el establecimiento de tribunales o comisiones militares; el Congreso se lo negó.

En agosto de 1822, los borbonistas y republicanos se quejaron a las provincias de que Iturbide usurpaba el poder. Esta confrontación se entiende porque en el seno del mismo Congreso se fraguaba una conspiración contra el emperador, que implicaba al padre Mier. Era un plan en el que se proponía promover una revuelta en la ciudad de México, apresar a Iturbide, nulificar su elección, cambiar al Congreso de ciudad y proclamar una República. Se respetarían las garantías de independencia, religión católica e igualdad racial, así como la libertad civil y la seguridad individual. Pero ¿cómo podía confiarse en un Congreso que habiendo jurado acatar el Plan de Iguala, los Tratados de Córdoba, y la Constitución de Cádiz en lo que no se opusiera a aquéllos, y que había ratificado a Iturbide en varias sesiones y recibido su juramento, si en su mismo seno se violaba todo lo que había aprobado? Una cosa era que no todo el mundo estuviera de acuerdo con Iturbide y otra que en el mismo Congreso se planeara el derrocamiento del nuevo régimen, un régimen que lo que intentaba era dar estabilidad a la nueva nación, y que era la fuente de legitimidad del propio Congreso.

Afirma Iturbide que ante este panorama: "me decidí pues a proceder contra los iniciados de la manera en que estaba en mis facultades, si alguno me lo disputa que vea el artículo 17 de la Constitución española, que en esa parte estaba vigente".55 Se obtuvieron pruebas escritas de la conspiración, lo que justificó la aprehensión de 66 diputados conspiradores, lo que se llevó a efecto el 26 de agosto. Casi todos figurarían más tarde en la revuelta de Casa Mata y se volverían republicanos. El Congreso reclamó a los diputados detenidos y exigió que fuesen juzgados por las propias Cortes. Al día siguiente se reunió para comenzar a discutir el aspecto de la inmunidad de los diputados en relación con sus opiniones públicas. Se realizaron sesiones cerradas del 27 de agosto al 11 de septiembre. En medio de estos debates, el diputado Gómez Farías propuso "que se declararan traidores a la patria todos los que de algún modo atacaran la representación nacional, ó la forma de gobierno establecido",56 iniciativa que, desde luego, no prosperó, pero que revela una vez más, la falta de responsabilidad frente a la utilización o manejo de este atroz delito. Se concluyó que, según el artículo 172, restricción undécima, segundo párrafo, de la Constitución de Cádiz:

"Sólo en el caso de que el bien y seguridad del Estado exijan el arresto de alguna persona, podrá el Rey expedir órdenes al efecto; pero con la condición de que dentro de cuarenta y ocho horas deberá hacerla entregar a disposición del tribunal o juez competente",57 deberían turnarse a los detenidos a los tribunales competentes dentro de las 48 horas siguientes. En el caso de los diputados, el tribunal que les correspondía era el propio Congreso. No se alegó, pues, el arresto, sino el hecho de no haberlos turnado al Congreso. En estas intensas sesiones fue una y otra vez traído a cuenta el decreto de las Cortes españolas sobre conspiradores de 17 de abril de 1821 que, sin embargo, no se consideró vigente en el Imperio.58

El gobierno afirmó que era poco tiempo para turnarlos a los tribunales competentes, ya que eran demasiados los detenidos. Y que en el caso de los diputados no consideraba que el Congreso conociera de su caso, ya que posiblemente también otros diputados estaban implicados. Se decidió terminar con las confrontaciones, dado que ello llevaría a la destrucción de uno de los dos poderes. El 26 de septiembre, con ayuda de Miguel Ramos Arizpe, se amotinó en Nuevo Santander su comandante militar, el general de brigada Felipe de la Garza, quien reclamaba la liberación de los diputados. No obtuvo ningún apoyo y el coronel Lanuza terminó con el levantamiento "rápidamente y sin sangre".59 Para esa fecha el prestigio del Congreso estaba totalmente decaído.

El 20 de diciembre se determinó la suerte de los aprehendidos: 26 permanecieron bajo arresto; 13 tuvieron libertad condicional; 7 fueron liberados bajo vigilancia gubernamental; y 20 obtuvieron la libertad absoluta. Sólo cinco permanecieron en prisión, entre los que se encontraban Mier, Anaya, y Carlos Ma. Bustamante. Los principales líderes republicanos no habían sido arrestados. Miguel Santa María, quien se encontraba entre los arrestados por la conspiración, fue expulsado del país, pero se quedó en Veracruz donde siguió conspirando, al igual que Mariano Michelena, a través de los logias. Por otra parte, comenzó a circular el rumor de una posible disolución del Congreso.60

Los problemas continuaron y la oposición del Congreso, dominado ya por masones escoceses, arreció a tal grado que Iturbide, por fin, se decidió a disolverlo. Paso radical, pero justificado. Durante meses no había hecho otra cosa que oponerse al Emperador y evitado toda colaboración entre los poderes. Anna ha opinado que:

    El Congreso Constituyente tenía defectos tanto en su forma como en su composición; no había logrado producir nada de importancia duradera; y estuvo dominado, especialmente en septiembre de 1822, cuando ya no contaba con un quorum, por elementos de pensadores liberales que no eran bien vistos por grandes segmentos de la población mexicana.61

Además, un Congreso tan poderoso ni siquiera tenía parangón en ese momento en otros países: "Un Congreso todopoderoso no fue el sistema por el que había optado Estados Unidos; tampoco lo fue el sistema que habían creado los liberales españoles en 1812 y de nuevo en 1820, cuando dejaron lugar para que el rey ejerciera un poder independiente considerable".62 Las mejores razones, sin embargo, las dio el propio Iturbide en el decreto de disolución del 31 de octubre:

    ...la Nación confiaba que el Congreso Constituyente dictaría leyes sabias que organizaran el Gobierno e hicieran la felicidad del Imperio... Así lo creyeron todos los pueblos, pero una desgraciada experiencia ha hecho ver que lejos de cumplir con exactitud sus deberes, entró en empeños muy distantes de su instituto, contraviniendo desde el mismo momento de su instalación a las facultades que se confiaron a los diputados por las provincias, arrogándose títulos y atribuciones que no les corresponden, y viendo con una fría indiferencia las necesidades del Estado, la administración de justicia, la suerte de los empleados, y las miserias del Ejército que de todas maneras ha pretendido diseminar, sin embargo de que muchos de los mismos diputados procuraron disuadirlo de semejantes procederes.63

No podía tolerar que la nación se arruinase y que se envolviera "en los desórdenes que están a la vista de todos": un Estado sin Constitución propia, sin hacienda organizada, "con el ejército mal pagado y desnudo, los jueces y empleados llenos de miseria por carecer unos de sueldo y los otros por el atraso de los pagos de sus dotaciones, las autoridades sin energía"; en fin, una nación precipitada hacia la ruina, "pues los delitos se propagan y aumentan de día a día, en términos del mayor escándalo".64 Por todo esto disolvió al Congreso mediante el decreto de 31 de octubre de 1822. En su lugar, y con algunos de los antiguos diputados, inmediatamente estableció la Junta Nacional Instituyente. Ésta aprobó el 22 de febrero de 1823 el Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano, que "era en gran medida un reflejo del pensamiento de Iturbide y del Plan de Iguala",65 y el documento más cercano a lo que pudo ser la Constitución del Primer Imperio Mexicano66 si bien no llegó a tener vigencia pues nunca se promulgó, se trataba de un documento político provisional, no una Constitución para el imperio, ya que la intención permanente de Iturbide siempre fue que el Congreso Constituyente dictara la Constitución del estado.

Para este entonces la simpatía por el Congreso había decaído totalmente entre la población. Iturbide recibió apoyo de las diputaciones provinciales y al disolverlo los mismos diputados se retiraron sin problemas. Sin embargo, a la larga este acto trajo consecuencias negativas para Iturbide que se fueron manifestando poco a poco. La masonería, dominada ya por borbonistas y republicanos, comenzó a labrar al interior de sus logias la caída del emperador y del Imperio. El primero en levantarse contra Iturbide fue el general Santa Anna en Veracruz, quien se encontraba resentido contra Iturbide por cuestiones personales; comenzó una conspiración en favor del establecimiento de la República con ayuda de Santa María. Nadie, sin embargo, le hizo caso en ese momento. Más tarde algunos de los generales más fieles al emperador, como Echávarri, Negrete, Lobato, Cortázar y la mayor parte de los oficiales del ejército encargado de combatirlo, movidos por las logias masónicas,67 solicitaron la convocatoria de un nuevo Congreso Constituyente. Estos militares argumentaban que la patria estaba en peligro por falta de representación nacional, y firmaron el Plan de Casa Mata el 1o. de febrero de 1823, que aparentemente no iba ni contra el emperador ni contra la forma monárquica de gobierno, pero que sin duda minaba ambos. Aunque se limitaba a solicitar la elección de un nuevo Congreso Constituyente, Lucas Alamán afirma que:

    El único aunque disimulado objeto del de Casa Mata fue derribar á Iturbide, á lo que concurrieron aun sin entenderlo, los numerosos enemigos que éste se había hecho con la prisión de los diputados, disolución del congreso, préstamos forzosos, ocupación de la conducta, medidas contra los españoles, proclamación y coronación de emperador, y tantas otras causas que habían ido acumulando materiales para el incendio que tan pronto se propagó en todas direcciones. Los masones, pues, desde que preponderaron en ellos los diputados que regresaron de España, siempre quisieron una República central, que dependiese enteramente de ellos ó de sus amigos y gobernada por las logias.68

Iturbide pudo entonces aplastarlos militarmente, dado su enorme prestigio ante el pueblo y gran parte del ejército, pero ello implicaba arrastrar al país a una nueva y sangrienta guerra civil; prefirió, por el contrario, ceder a las presiones de los rebeldes y restableció al desprestigiado Congreso el 4 de marzo de 1823. Ante éste abdicaría la Corona del Imperio Mexicano.

5. La abdicación y los decretos del Congreso

La noche del 19 de marzo de 1823, el ministro Juan Gómez de Navarrete se presentó ante el desprestigiado y restablecido Congreso para presentar la abdicación de Iturbide al trono de México, en la que afirmó: "La Corona la admití con suma repugnancia, solo por servir a la patria; pero desde que entreví que su conservación podría servir si no de causa, al menos de pretesto, para una guerra intestina, me resolví dejarla", y dado que su presencia en el país "sería siempre pretesto para desavenencias" y se le atribuirían "planes en que nunca pensara", prometía "espatriarse gustoso" en una nación extraña.69 Al día siguiente, el ministro Francisco de Paula Álvarez presentó una abdicación más formal, donde reiteró su voluntad de abdicar y salir de México, solicitando que la nación se hiciera cargo de una deuda por ciento cincuenta mil pesos.70 Iturbide no había abdicado antes por falta de autoridad competente frente a la cual hacerlo. Había durado como emperador diez meses, del 18 de mayo de 1822 al 19 de marzo de 1823, y abdicó ante el desprestigiado primer Congreso Constituyente para evitar el desencadenamiento de una nueva guerra civil entre los mexicanos que seguramente hubiera puesto en grave riesgo la Independencia nacional. Como en la campaña de 1821 -y contrario a la actitud asumida cuando combatió ferozmente a los insurgentes- volvió a privilegiar la ausencia de derramamiento de sangre y la unión entre todos, en aras de la consolidación de la independencia del país. Iturbide decidió abdicar, dejar la Corona y alejarse del país para evitar la desunión, antes de sofocar militarmente a sus enemigos. Nuevo y grande mérito que se le ha regateado.

Salió con su familia de Tacubaya el 30 de marzo, escoltado por tropas al mando del general Nicolás Bravo, tal y como lo había pedido. El día anterior había dirigido una amplia exposición al Congreso, en la que afirmó que: "si la nación mexicana, dichosa con la felicidad de sus hijos, llega al punto que debe ocupar en la carta de las naciones, yo seré el primer admirador de la sabiduría del Congreso; me gozaré en la felicidad de mi patria, y terminaré gustoso los días de mi ecsistencia".71 En Veracruz se embarcó rumbo a Liorna, en Italia, el 11 de mayo. Para esta fecha es obvio que conociera ya los decretos emitidos por el Congreso contrarios a su abdicación y a la forma de gobierno planteada en el Plan de Iguala y en los Tratados de Córdoba, y aceptada con toda libertad por el mismo Congreso en las Bases Constitucionales. Además, quedaba enterado de la penas establecidas contra quien lo proclamase emperador o le gritase "vivas". El Congreso había tomado venganza. Veamos estos tres decretos:

Primer decreto del 8 de abril de 1823:

    1o. Que siendo la coronación de D. Agustín de Iturbide obra de la violencia y de la fuerza, y nula de derecho, no ha lugar á discutir sobre la abdicación que hace de la corona.

    2o. De consiguiente, también declara nula la sucesión hereditaria y títulos emanados de la coronación; y que todos los actos del gobierno pasado, desde el 19 de mayo hasta el 29 de marzo, son ilegales, quedando sujetos á que el actual los revise para confirmarlos ó revocarlos.

    3o. El supremo Poder Ejecutivo activará la pronta salida de D. Agustín de Iturbide del territorio de la nación.

    4o. Aquella se verificará por uno de los puertos del Golfo mexicano, fletándose por cuenta del Estado un buque neutral, que lo conduzca con su familia al lugar que le acomode.

    5o. Se asignarán á don Agustín de Iturbide, durante su vida, veinticinco mil pesos anuales, pagaderos en esta capital, con la condición de que establezca su residencia en cualquier punto de la Italia. Después de su muerte gozará su familia de ocho mil pesos, bajo las reglas establecidas para las pensiones del montepío militar.

    6o. D. Agustín de Iturbide tendrá el tratamiento de excelencia.

Segundo decreto del 8 de abril de 1823:

    El soberano Congreso Constituyente mexicano declara:

    1o. Jamás hubo derecho para sujetar á la nación mexicana á ninguna ley ni tratado, sino por sí misma ó por sus representantes nombrados según el derecho público de las naciones libres. En consecuencia, no subsisten el plan de Iguala, tratados de Córdoba, ni el decreto de 24 de febrero de 1822, por lo respectivo á la forma de gobierno que establecen y llamamientos que hacen á la corona; quedando la nación en absoluta libertad para constituirse como le acomode.

    2o. Quedan vigentes por libre voluntad de la nación las tres garantías, de religión, independencia y unión, y lo demás que contienen los mismos planes, tratados y decreto, que no se opongan al artículo anterior.

Decreto de 16 de abril de 1823:

    El soberano Congreso Constituyente mexicano, en atención á estar declarado por el artículo 1o. del decreto del 8 del corriente, que D. Agustín de Iturbide no ha sido emperador de México, ha decretado lo siguiente:

    Que se tenga por traidor á quien proclame al expresado don Agustín de Iturbide con vivas, ó influya de cualquier otro modo á recomendarle como emperador.72

Toda su obra, así como el momento más importante en la historia de México, eran desconocidos por quien, teniendo autoridad, lo había reconocido anteriormente con toda libertad. El Congreso, que había ratificado el Plan de Iguala y los Tratados, negaba ahora sus propios actos. ¿Qué validez podían tener los actuales?, ¿por qué ahora se dudaba que las anteriores decisiones hubiesen sido conforme a derecho, y se tenía la seguridad de que las que tomaba ahora sí lo eran? Es una contradicción y una incongruencia decir que el Estado libre y soberano de México no tenía por qué sujetarse por tratados, cuando gracias precisamente a esos planes y tratados -Plan de Iguala y Tratados de Córdoba- la nación mexicana era libre y soberana.

Es interesante ver en el segundo decreto del 8 de abril cómo se desconoce la vigencia del Plan y los Tratados, en cuanto a la forma de gobierno, pero se admite su vigencia en todo lo demás. Esto es importante, puesto que más adelante, cuando se dicte el decreto de proscripción, se seguirán aplicando todas las disposiciones vigentes, tales como el Plan, el Tratado, la Constitución de Cádiz, así como el derecho español (si bien en forma supletoria) y otros decretos mexicanos.

Iturbide todavía no salía del país cuando se dictaron estos tres decretos, así que seguramente se enteró que de la noche a la mañana nunca había sido emperador, y que el propio imperio nunca había existido.73 Salió por su voluntad y para evitarle problemas al país, en tanto, el Congreso se aprovechó para nulificar toda su obra: desde el crédito por la independencia de la nación mexicana hasta el intento por consolidarla. En Veracruz, listo para embarcarse, ¿qué podía pensar de un Congreso que no dejaba de atacarlo al grado de declarar traidores a los que lo aclamasen? Este Congreso negó no sólo a Iturbide sino también todos los actos realizados por él. Quiso borrarlo como si jamás hubiese existido, descalificando la forma de gobierno que no le convenía a dicho Congreso. De esta forma, el camino hacia el sistema republicano quedó abierto sin ninguna cortapisa.

IV. DESTIERRO, CONDENA Y MUERTE

1. Debates del segundo Congreso Constituyente: el decreto-sentencia de condena

Fue tal el descrédito en que incurrió el primer Congreso Constituyente y a la vez ordinario mexicano que hubo de clausurar sus sesiones ante el clamor de casi todas las provincias -por voz de sus diputaciones provinciales-. Lo aceptaron únicamente como convocante de un nuevo Constituyente, tal y como se había dispuesto en el Plan de Casa Mata, amenazando incluso con la secesión si no se aceptaba la forma republicana y federal. Ante esta situación, y para evitar la desmembración del país, el Congreso emitió el 12 de junio de 1823 el famoso Voto por la forma de República Federada, en el que acordó que el gobierno podía "proceder a decir a las provincias estar el voto de su soberanía por el sistema de República federada, y que no lo ha declarado en virtud de haber decretado se forme convocatoria para nuevo Congreso que constituya a la nación".74 Por fin, el 30 de octubre clausuró definitivamente sus sesiones. Iturbide había arrastrado en su caída a su enemigo; las dos primeras instituciones del México independiente no habían podido consolidarse. El segundo Congreso Constituyente se reunió el 5 de noviembre de 1823 y el 7 del mismo mes celebró su instalación solemne.

Mientras tanto, y conforme con la condición impuesta por el Congreso para que gozara de la pensión aprobada, Iturbide partió hacia Italia, concretamente a la ciudad de Liorna (Livorno) en el reino de Toscana. Aquí lo recibió el gran duque Fernando III, quien fue presionado por los gobiernos de la Santa Alianza (Austria, Prusia y Rusia) y por Fernando VII para incomodar su estancia en ese país. Aquí redactaría su célebre Manifiesto.75 Enterado de los planes de la Santa Alianza para ayudar a España a recuperar el dominio sobre el antiguo reino novohispano, el primero de enero de 1824 partió hacia Inglaterra. Radicó primero en Londres -donde se entrevistó con don José de San Martín- y después en Bath. En este país planearía su retorno a México.

Mucho era el miedo que se le tenía a Iturbide, ya que sabía que su sola presencia en el país reavivaría el entusiasmo de la gente por él, lo que disgustaba a muchos que no le perdonaban ser el autor de la Independencia, ni consentían la aceptación y la gratitud de la sociedad, que fue culminada con su nombramiento como emperador.76 El gran temor era que regresara, por lo que sus enemigos se preocuparon de estar pendientes de todos sus pasos. Lucas Alamán mandó al padre Marchena que lo siguiera e informara al Congreso de todos sus movimientos. Desde su llegada a Europa, Iturbide encontró problemas para instalarse en Italia, por lo que al mes tuvo que cambiar su residencia a Inglaterra. Este movimiento puso nerviosos a los miembros del Congreso que buscaban un pretexto para deshacerse definitivamente de él: su recuerdo debía ser borrado de la memoria pública. En efecto, el 8 de enero de 1824 los diputados Mier, Ahumada y Tirado propusieron al Congreso que como ya se había declarado la República federal, se quitaran "del salón del congreso las dos copias del plan de Yguala" ubicadas a los lados de la imagen de la Virgen de Guadalupe,77 mientras que el 9 de marzo, al continuar las discusiones en torno al decreto de amnistía que se venía discutiendo, se consiguió excluir de ésta a Iturbide, pues, según afirmó el diputado Cañedo,

    el señor Iturbide está fuera de la masa general de los ciudadanos, y su deportación tuvo por causa la conveniencia pública, que es la ley porque son juzgados los príncipes de hecho o de derecho, y en virtud de la cual dejan de existir o son para siempre expelidos del país, y así a nadie le ocurrirá que D. Agustín de Iturbide pueda ser comprendido en la amnistía.

Los diputados Jiménez y Morales sostuvieron que si Iturbide "no estaba comprendido en la masa común de los ciudadanos", menos lo estaban "los deportados a quienes se declaró traidores y se les puso fuera de la ley",78 primera referencia a la conducta y a la sanción que días más tarde el Congreso se encargará de discutir y de aprobar; lo que revela que las intenciones de algunos de los diputados acerca de la suerte del ex emperador se habían definido claramente (¿acaso en las logias?) aun antes de presentarse a su discusión. En esta misma sesión se presentó el secretario de Hacienda para informar que habían llegado noticias al Supremo Poder Ejecutivo sobre la presencia de Iturbide y de su hijo en Londres. El Congreso se dio por enterado confiando que el Ejecutivo (colegiado) tomaría las medidas oportunas.79

En efecto, Iturbide había mandado desde Londres su primera carta-exposición al Congreso Constituyente el 13 de febrero de 1824 en la que lo prevenía sobre la posible invasión de México por fuerzas de la Santa Alianza, y se ponía a la disposición del país para prestar sus servicios como militar en la defensa del país. Vale la pena transcribirla:

    Londres, 13 de febrero de 1824.

      Por amor a la patria dí el grito de Iguala, él me hizo salir de ella arrostrando graves obstáculos, y arde hoy en mi pecho de la misma manera, sin que hayan sido bastantes para sofocarlo, ni los términos en que fue concebido el decreto de 8 de abril de 1823, ni las expresiones que algunas autoridades y alguna corporación han vertido contra mi buen nombre, sin provecho, y sin verdad; todo lo he visto como resultado de equívocos, y de pasiones de individuos; respecto de la nación mexicana, no encuentro sino motivos de reconocimiento y gratitud eterna.

      Por esto luego que se descubrieron de un modo claro las miras europeas contra las Américas, lo que estuvo de tiempos muy atrás en mi previsión, resolví pasar a un punto donde estuviese expedito para volver a servir a los mexicanos, si ellos lo querían, y frustrar las medidas que para impedirlo presumí, tomaban algunos ministerios enviados ante el gobierno de Toscana, y que posteriormente he visto confirmados por hechos públicos que supongo en conocimiento de V. Soberanía.

      A los representantes de esa gran nación pertenece calcular, y decidir si mis servicios como un simple militar, por el prestigio que acaso subsistirá en mi favor, pueden ser de utilidad para reunir los votos del pueblo, y contribuir con ello, y con mi espada a asegurar la independencia y libertad de ese país; a mi toca solo manifestar la disposición en que me hallo para servir y con sabido fundamento puedo ofrecer que llevaría conmigo armas, municiones, vestuarios y dinero, y protestar solemnemente que sirviese a México con su libertad asegurada, con una voz sola, y con interés a todos sus habitantes, y sin enemigos poderosos que combatir, no haría sino felicitarla por tanta ventura, y congratularme cordialmente con ella desde mi retiro. Ni mis deseos ni mis palabras, deben interpretarse: la felicidad verdadera de mi patria es lo que siempre quise y por ella hago al Todopoderoso fervientes votos. Agustín de Iturbide.80

En este mismo correo, Iturbide también demandó -en carta dirigida a su apoderado Juan Gómez de Navarrete- que se cumplieran los ofrecimientos de orden económico suspendidos por su salida de Italia pretextando malas intenciones de su parte.81 Zorrilla afirma que algunos historiadores han sostenido que el decreto que proscribió a Iturbide "fue la respuesta del Congreso a esta solicitud".82

A la anterior exposición acompañó otra carta dirigida a los señores secretarios del soberano Congreso de la misma fecha:

    Londres, 13 de febrero de 1824.

      Acompaño a V.V. E.E. para que se sirva dar el curso correspondiente en una nota en que manifiesto al soberano Congreso Constituyente la disposición en que me hallo de servir a mi Patria, bajo el concepto que expreso en ella.

      Dios guarde a V.V.E.E. muchos años. Agustín de Iturbide.83

El 8 de marzo escribió otra carta dirigida a Miguel Ramos Arizpe, a Miguel Guridi y Alcocer y a Antonio Gama, que sin embargo no envió. En ella les decía:

    ...salí de Liorna cuando se proyectaban expediciones armadas contra las Américas... México sin entregarse a vanas lisonjeras esperanzas, pensase en los enemigos que tiene que combatir... ¿Por qué no tienen Uds. en Londres y en París a lo menos agentes secretos, de talento, de crítica y de un verdadero interés por ese país?... Considero que por diversas circunstancias es muy remoto que se acepte mi oferta hecha al Congreso, y entre otras razones por la de que muchos no querrán y otros no podrán conocer que no tuve en mis acciones públicas otro interés que la felicidad de nuestra patria...84

Además, antes de salir de Inglaterra escribió otras cartas a sus amigos especificando las razones por las que había decidido regresar a México: defender la independencia de su país y evitar la anarquía. Si hubieran sido las intenciones que temía el Congreso, otra temática hubiese aparecido en su correspondencia. En ésta no se encuentra ninguna carta o documento donde se exhiban sus probables y "temibles" aspiraciones para recuperar el poder, fomentar alguna sublevación contra el gobierno mexicano, dirigir o auxiliar conspiración alguna, o para prestar su ayuda para alguna revuelta. De existir, en su época, sus enemigos se hubieran encargado de publicarlos o darlos a conocer. No existe, pues, ningún testimonio histórico contundente que permita pensar o suponer que regresaba para poner fin al régimen republicano y menos para atentar contra una independencia que él mismo había consumado.

En la sesión del 13 de marzo el Congreso analizó las probables razones por las que Iturbide había salido de Italia. Dos días después se puso a discusión el dictamen de la comisión de legislación cuyo artículo primero decía: "El Congreso confía en que la vigilancia y celo del Supremo Poder Ejecutivo activará todas las providencias que fueren conducentes á fin de averiguar las causas y objeto que haya tenido D. Agustín de Iturbide para variar de residencia".85 En todas estas sesiones se cuestionaron los argumentos del cambio de residencia de Iturbide. El artículo primero ordenó "averiguar las causas y objeto", cuando se conocían perfectamente dado que el gobierno mandó personas para que, precisamente, informaran sobre un posible y temido retorno, como claramente se ve al leer las argumentaciones de Bustamante en dichas sesiones: "hay razones que hagan sospechosa su salida de Italia... que no solo se aprobase el artículo sino que se declarase que en caso de que D. Agustín de Iturbide se presente en nuestras costas se le tendrá por enemigo público, proscrito y fuera de la ley".86 Mientras los diputados Ibarra, Rodríguez, Marín, Mier, Guerra, Mangino, Cañedo, y Rejón analizaron lo relativo a las causas de su salida de Italia y a la suspensión de la pensión por haber cambiado de residencia, Bustamante aprovechó este acontecimiento para lanzar sobre Iturbide lo que después se traduciría en el terrible decreto que lo condenaría a muerte por el sólo hecho de presentarse en territorio mexicano. Al final de la sesión del día 15 de marzo se aprobó el primer artículo y se puso a discusión el segundo que decía: "...Entretanto se suspende el pago de la asignación que decretó en su favor el anterior Congreso". 87

La suspensión de la pensión ocasionó problemas a Iturbide ya que su manutención y la de su familia en el extranjero dependían de ella. Su situación económica era difícil, y aún en esas circunstancias su principal preocupación fue la Independencia de México.

Los diputados José María Lombardo y José Agustín Paz, juntamente con Mariano Barbabosa de Puebla, propusieron por vez primera, en la sesión del 16 de marzo, que se le declarase traidor para el caso que tratase de atacar la República federal, y que se declarasen también traidores a los que directa o indirectamente cooperaran a ello por si intentaban algo contra el país.88 Al día siguiente, continuaron los debates en torno al derecho de Iturbide a cobrar su pensión a pesar de que se hubiera salido de Italia, aprobándose suspenderla.89 Por fin, en la sesión del 20 de marzo se dio lectura a la proposición formal de los diputados "Paz, Lombardo y Barbabosa sobre si D. Agustín de Iturbide intenta algo contra la República, se le declare traidor, y también á los que directa o indirectamente le dieren ausilio". Se ordenó que pasara a la misma comisión que había conocido del asunto de la pensión.90

En la sesión del 30 de marzo se leyó el primer dictamen formulado por dicha comisión,91 y el 3 de abril el Congreso Constituyente puso a discusión dicho dictamen acerca de las proposiciones de los diputados mencionados sobre: "haber por traidores a don Agustín de Iturbide si con algún pretexto tratare de regresar a esta América, y á cuantos directa o indirectamente lo auxilien, ó de cualquier modo cooperen á trastornar el órden y forma de gobierno establecido...".92 La comisión respectiva -formada por los diputados Marín, Guerra, Vélez, Jiménez y Rodríguez- concluyó presentando la siguiente propuesta:

    1. Se declara traidor a D. Agustín de Iturbide siempre que se presente en cualquier punto de nuestro territorio.

    2. Igualmente se declaran traidores á la Federación á cuantos cooperen directa ó indirectamente por escritos encomiásticos o de cualquier otro modo á favorecer su regreso á la república mexicana.93

En esta primera propuesta del decreto se estableció que sería traidor por el sólo hecho de presentarse en el país, sin necesidad de incurrir en alguna conducta previamente tipificada; aquí se conformó un delito exclusivamente para él. Es decir, se tipificó la conducta de presentarse en "cualquier punto de nuestro territorio", y como a este hecho no se le podía considerar delito en sí mismo lo encuadraron en el de traición, aunque dentro de las hipótesis que por entonces se contemplaban para el delito de traición en las diferentes disposiciones legales no se estableciera nada sobre ese tipo de conducta.

Se puso a discusión el primer artículo. Carlos María Bustamente como fundamento para la propuesta planteó el argumento de que Iturbide hubiese cambiado de residencia y con ello planeara regresar a México. Esto les permitió sospechar que aquél había decidido regresar para recuperar el trono. Iturbide pensaba regresar, era cierto, pero no era ningún secreto ya que él mismo le había mandado una carta al Congreso el 13 de febrero de 1824, informando de su traslado a Londres y de su regreso a México dando como razón la posible amenaza de invasión de la Santa Alianza a México.94 Bustamante argumentó que "se trata de adormecernos y de inspirarnos una vana confianza para darnos después el golpe, cuando menos lo pensemos...", afirmando que "Para que venga D. Agustín de Iturbide á restablecer su trono, pasará por muchas cabezas, y primero por la mía". Según él, los que apoyaban el restablecimiento del trono procedían de mala fe, y su conducta debía examinarse ya que hacían prosélitos y no perdían ocasión de manifestar sus ideas (conforme, por otro lado, con la libertad de expresión consagrada en el artículo 31 del "Acta Constitutiva de la Federación de enero de 1824", promulgada por este mismo Congreso. Bustamante continuó: "no lo debemos de perder de vista ni un solo momento. Por lo mismo sr., yo soy de opinión que V. Sob declare traidores, malvados, proscriptos y reprobados, á todos los que directa o indirectamente procuren trasladarlo á nuestras costas; y á los que escriben en su elogio".95 El señor Lombardo, por su parte, dijo que "era escusado detenerse á manifestar los males que causaría la venida de un hombre como D. Agustín de Iturbide; pero siendo igualmente perjudicial cualquier otro que aspirase al trono ó protegiese las miras de un invasor estrangero, pedía que el artículo se estendiese á los reos de tales crímenes".96 El padre Mier "hizo presente que al artículo se debía añadir que cualquiera que sea el título con que se presente en nuestras costas para quitar todo pretesto".97

Esta adición se adoptó por la comisión, y votándose el primer artículo se aprobó con sólo dos votos en contra: los de los diputados Alcocer y Martínez de Vea. Los señores Barbabosa y Paz propusieron que después de la palabra traidor se añadiese "fuera de la ley". El diputado Morales "propuso que en lugar de la espresión fuera de la ley se usase de la palabra proscrito, pues tenía entendido que el objeto con que se proponía aquella, eran los efectos de la proscripción", pero esta vez no accedió el Congreso a tal proposición.98

A continuación, Lorenzo de Zavala pidió que se explicara el sentido de la adición y el señor Barbabosa contestó "que el estar fuera de la ley significa que no es necesario usar de las fórmulas legales, para aplicar la pena al que se halla en aquel caso".99 La adición fue aprobada. Lo que esta frase venía a significar era, ni más ni menos, el total e irracional desconocimiento y negación de todo sistema de legalidad y del más elemental sentido de justicia. Se imponía la "ley del caso", la ley privativa, contra las aspiraciones del constitucionalismo moderno. Triunfaba la voluntad contra la razón y se negaba el debido proceso jurídico y legal. Simplemente se legitimaba el asesinato al establecer un régimen de exclusión para una persona que quedaba de esta manera privada de todo derecho, de toda garantía procesal y de cualquier defensa jurídica. Lo que en realidad dicha expresión significaba era, por un lado, la tipificación como delito de una conducta en particular respecto de una persona determinada, y, segundo, que no habría necesidad de un proceso dentro de la ley para juzgar dicho delito cuando lo cometiera aquélla. Todo el orden jurídico moderno que el constituyente pretendía por esos días establecer en la Constitución que se discutía quedaba cínicamente negado. Para Iturbide no habría ni derechos del hombre ni garantías individuales; la "soberanía" del Congreso había llegado muy lejos.

Más tarde se puso a discusión el artículo segundo de la propuesta. Éste tenía su antecedente en el decreto del 16 de abril de 1823, justo cuando había abdicado Iturbide, pero todavía no salía del país, y en el que se condenaba a los que le gritaran "vivas". El diputado Covarrubias "lo apoyó diciendo, que si D. Agustín Iturbide tiene algunas ideas hostiles respecto de nosotros, será por las instancias que le hacen sus favorecidos y enemigos nuestros, á los que por lo mismo se debe declarar traidores...".100 Es decir, sólo por el hecho de tener una ideología diferente a la de los diputados se les consideraba traidores. ¿Dónde quedaba la libertad de manifestación de las ideas? "El diputado Lorenzo de Zavala tuvo por inútil el artículo, puesto que hay bastantes leyes contra los que atenten á la forma de gobierno establecida, y á las demás leyes fundamentales, entre las cuales se comprendían seguramente los sugetos de que habla el artículo." Bustamante por su parte afirmó, que:

    ...se ha tomado por V. Sob. la medida conveniente para evitar alguna intentona contra la patria por parte de D. Agustín de Iturbide, y es justo también que se tome en contra los que coadyuvasen á su venida ó le facilitasen su restablecimiento al trono de que fue lanzado... Por principios de justicia en legislación militar, se tiene como reos de muerte á todos aquellos que de alguna manera contribuyen á hacer saber al enemigo las medidas que se han tomado para la defensa, pues si en la línea de las leyes se tienen como verdaderos traidores á todos los que obran de esta manera ¿por qué teniendo ya declarado a D. Agustín de Iturbide traidor y fuera de la ley si viene á este país, no debemos tener por enemigos y traidores á todos los que directa ó indirectamente le ayuden de algún modo?101

Sin embargo, advirtió acerca de las denuncias anónimas o infundadas:

    "...no debemos ser tan temerarios que hagamos que los magistrados procedan por simples sospechas o delaciones vagas. ...soy el primero en aplaudir la heroica resolución que tomó en hacer libre á su patria; pero también seré el primero en reprobar las dañadas intenciones que manifestó con el curso del tiempo... creo haber demostrado á la luz de las leyes simplificadas con las demostraciones mas sencillas, cual debe [ser] la disposición que se tome con respecto á aquellos que en alguna manera coadyuven á hacer regresar á D. Agustín de Iturbide, declarándolos por traidores, medida verdaderamente justa y arreglada á las leyes, y que producirá efectos muy saludables... Las delaciones deben proscribirse, el delator debe ser repelido, de ninguna suerte las acusaciones deben admitirse por sospecha, sino que deberán apoyarse en hechos incontestables, para que así baje el cuchillo de la ley sobre todos los individuos que coadyuven á un proyecto tan criminal como el regreso de D. Agustín Iturbide. Por tanto apruebo el artículo.102

Ibarra profundizó acerca del significado de la expresión "fuera de la ley": "quiere decir que un hombre en este estado está fuera de las relaciones sociales... quiere decir, que sin formas legales se puede proceder contra él, y esto es lo que vamos á hacer aquí...".

    A D. Agustín de Iturbide se le declaró fuera de la ley porque se ha declarado que se le tendrá por traidor en el hecho de presentarse en nuestras costas, y así en esto nada se aventura; más fulminar igual pena, contra los que, como se dice tan vagamente en el artículo, directa o indirectamente favorezcan á D. Agustín de Iturbide, me parece que no se puede hacer sino después de las fórmulas legales, y declarada por juez competente. Me opongo al artículo por los términos en que está concebido... el artículo debe redactarse en otros términos que podrían ser estos: los que de cualquier modo favorezcan el regreso de D. Agustín de Iturbide, ó la invasión de cualquier monarca estrangero se castigarán como perturbadores del orden público con arreglo á las leyes. A no ser que queramos abrir la puerta al desorden