2024 Ene 11 Preocupa a COPARMEX el aval del TEPJF para que decisiones sobre nombramientos en el INE se tomen de manera unipersonal por la presidenta del Instituto. Comunicado.
En la Confederación Patronal de la República Mexicana, COPARMEX, expresamos nuestra preocupación y desacuerdo por la resolución aprobada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que permite a la presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE) decidir, de manera unilateral y no colegiada, la designación de la persona que asumirá la Secretaría Ejecutiva, así como la permanencia de los actuales encargados de despacho en las diversas direcciones ejecutivas.
El adecuado funcionamiento de los órganos centrales del INE se garantiza a través de la integración de las áreas operativas y no con mecanismos extraordinarios que concentran las decisiones en una sola persona, debilitando la cualidad colegiada del Instituto. Con dicha decisión, se pone en riesgo la imparcialidad del proceso, en resumen, se pone en riesgo la elección de 2024.
Las funciones de las áreas operativas y administrativas del INE son fundamentales para llevar a cabo un proceso electoral que cumpla con los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.
En COPARMEX defendemos la Constitución y el Estado de Derecho, por lo tanto, destacamos que la colegialidad, establecida en la Carta Magna y la ley electoral para la toma de decisiones, ha sido la mejor manera de evitar la captura de las instituciones encargadas de organizar las elecciones y garantizar su autonomía e independencia.
El INE es un órgano colegiado cuyas decisiones deben reflejar la pluralidad y el espíritu democrático del país. No puede ni debe haber cabida a la discrecionalidad ni a la imposición de una sola voluntad, pues ello tiene como consecuencia la limitación, anulación y menoscabo del ejercicio efectivo de la función pública de todos sus integrantes.
La decisión aprobada por el TEPJF, con tres votos a favor y dos en contra, claramente rompe con este principio de colegialidad, permitiendo que la dirección y las decisiones en el organismo encargado de organizar elecciones democráticas se vuelvan unipersonales, ignorando la voluntad de los demás integrantes del Consejo General del INE.
Recordemos que el artículo 41 de la Constitución, en lo que respecta a la existencia y funcionamiento del INE, establece que su Consejo General, en conjunto, es su órgano superior de dirección, integrado no por uno sino por 11 miembros, un consejero presidente y 10 consejeros electorales con igual derecho a voz y voto.
Es importante señalar que la consejera presidenta tiene la facultad exclusiva de proponer personas consideradas idóneas para los cargos internos, pero la ley no le otorga la potestad para que su decisión sea definitiva, a pesar de las objeciones y votos en contra de la mayoría de los consejeros. La interpretación que da el Tribunal distingue la calidad de los integrantes, colocando la voluntad de la presidenta del INE por encima de la de los demás miembros de un órgano colegiado.
Centralizar las decisiones del INE en la consejera presidenta la hace responsable de todo lo que ocurra en el proceso electoral. El precedente que se establece es muy peligroso para la vida institucional del propio organismo y tampoco es conveniente para quien lo encabeza.
Por ello, instamos a la consejera presidenta, Guadalupe Taddei Zavala, a que busque acuerdos con los consejeros, que son sus pares, y privilegie el conocimiento y la experiencia acordados en la colegialidad. Es justo en el INE donde se debe encumbrar el talante democrático en la adopción de acuerdos, y sobreponerse a la centralización de los mandatos.
En COPARMEX, hemos liderado iniciativas como #YoDefiendoAlINE, cuando hemos advertido que su autonomía está en peligro debido al acoso de los Poderes Ejecutivo y Legislativo. Por eso, hoy alzamos de nuevo la voz, considerando que el INE, por naturaleza, debe ser un órgano que represente la pluralidad, donde la democracia y el diálogo sean los pilares de su actuación.