2023 Oct 11 Las formas del silencio. Un caso de obstrucción a la verdad.
Este reporte está dirigido a la sociedad mexicana de la situación que guarda la consulta de archivos de la Secretaría de la Defensa Nacional, la cual, inició el 4 de julio de 2022 al tiempo que comenzaron distintas jornadas de inspección en instalaciones militares. Con ello, y en acto público, el presidente de la República ratificó lo establecido en el Decreto de octubre de 2021, enfatizando que “se haga toda la investigación necesaria y se conozca la verdad; que no ocultemos nada absolutamente. Cero impunidad”. Sin embargo, el MEH se ha encontrado con múltiples y diversos obstáculos, este informe da cuenta de cada uno de ellos.
Una de las instituciones señaladas reiteradamente por su implicación en la comisión de graves violaciones a derechos humanos, para el periodo que este Mecanismo de Esclarecimiento Histórico (MEH) estudia, son las fuerzas armadas, que incluyen a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y la Secretaría de Marina (Semar). En los testimonios de víctimas de todo el periodo y de todos los contextos de análisis del MEH, agentes de las fuerzas armadas son señalados una y otra vez como presuntos responsables o implicados, tanto por las víctimas como por sus familiares.
El 4 de julio de 2022 comenzaron los trabajos de consulta en los archivos militares al tiempo que dieron inicio distintas jornadas de inspección en instalaciones militares. Con ello, y en acto público, el presidente de la República ratificó lo establecido en el Decreto de octubre de 2021, enfatizando que “se haga toda la investigación necesaria y se conozca la verdad; que no ocultemos nada absolutamente. Cero impunidad”. Se elaboró un plan de trabajo entre la Sedena y la Comisión, que consideró de inicio cinco puntos entre los que se encontraron, a la letra, los dos siguientes: acceder y consultar repositorios, archivos y documentos con la finalidad de contribuir con las investigaciones para el esclarecimiento de la verdad y consultar información sobre casos individuales de presuntas violaciones graves a derechos humanos. Adicionalmente, se convocó al personal de la Sedena, en activo y en retiro, y se agradeció toda la información y colaboración que puedan brindar para la realización de esta tarea de Estado.
Es justo señalar que la Sedena mostró una disposición inicial a colaborar con las labores de investigación, tanto en su archivo como en las instalaciones militares. Abrieron la puerta. Permitieron que la Comisión entrara, brindando las facilidades operativas. El equipo de investigación incluso logró acceder a la estantería del archivo militar, para la elaboración de un inventario topográfico para el que sólo se permitió el avistamiento de las carátulas de algunos expedientes. Sin embargo, en términos sustantivos, su colaboración fue pasiva, sin facilitar las tareas esenciales del MEH.
A lo anterior se suman problemas en la gestión archivística que desde un inicio fueron evidentes, como la falta de instrumentos de consulta actualizados o que no incluían en sus descripciones el conjunto documental que se encuentra resguardado en el archivo de concentración; o el hecho de que aún permanece en ese archivo documentación que ya debió haber sido transferida a un archivo histórico. Frente a ese mundo de papeles, es probable que se pensara que el equipo de investigación del MEH no encontraría información relevante. Era buscar una aguja en un pajar. Con todo, el trabajo rindió fruto y las personas investigadoras del MEH consiguieron elaborar un inventario topográfico que revela la existencia de documentación de interés para las investigaciones sobre graves violaciones a derechos humanos cometidas entre 1965 y 1990.
La obstrucción a la verdad. Reporte de incidencias en la consulta de archivos de la Secretaría de la Defensa Nacional ANEXO al reporte técnico “Las formas del silencio”
Anexo técnico al reporte que presenta el Mecanismo de Esclarecimiento Histórico de la Comisión para el Acceso a la Verdad, el Esclarecimiento Histórico y el Impulso a la Justicia de las violaciones graves a los derechos humanos cometidas de 1965 a 1990 de conformidad con sus atribuciones referidas en el Decreto Presidencial del 06 de octubre de 2021