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ACTO DE GOBIERNO
Antes de cualquier definición, hay que advertir al lector de una posible confusión entre las expresiones “acto del gobierno” y “acto de gobierno”. Un acto del gobierno es una decisión tomada por el gobierno; mientras que el acto de gobierno es una decisión que no es susceptible de ningún control jurisdiccional. Todo juez, todo tribunal, se declarará incompetente para juzgar la legalidad de un acto de gobierno. Escapando de este modo a cualquier control, justifica, en beneficio de las autoridades que son competentes para ejecutarlo, la existencia de un poder totalmente discrecional.
Así, es un acto discrecional del Ejecutivo, destinado a la solución de un problema político dentro de los límites señalados por la constitución del Estado.
Históricamente el acto de gobierno estaba considerado como ejercido por el jefe del Estado o del gobierno en un dominio de alta política, situándose por encima de toda responsabilidad ante un juez. En nuestros días, algunos autores explican la incompetencia jurisdiccional por motivos extraídos del derecho internacional o de a separación de poderes en el derecho interno; estiman que la teoría de los actos de gobierno está en vías de extinción. ACR