By using this website, you agree to the use of cookies as described in our Privacy Policy.

2020 Septiembre 21 Carta de Renuncia de Jaime Cárdenas Gracia

Ciudad de México, 21 de septiembre 2020

 Lic. Andrés Manuel López Obrador

Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos,

PRESENTE.

Muy apreciado Señor Presidente:

El día 16 de junio de 2020 tome posesión del cargo como Director General del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), después de la invitación que Usted honrosamente me hizo, y del nombramiento que, en tiempo y forma, en acuerdo con la Presidencia de la República, me expidió el Doctor Arturo Herrera Gutiérrez, Secretario de Hacienda y Crédito Público –el que por cierto me ha brindado un apoyo extraordinario en estos meses-.   

2020 Septiembre 17 EN DEFENSA DE LA LIBERTAD DE EXPRESION

La libertad de expresión está bajo asedio en México. Con ello, está amenazada la democracia. El presidente López Obrador utiliza un discurso permanente de estigmatización y difamación contra los que él llama sus adversarios. Al hacerlo, agravia a la sociedad, degrada el lenguaje público y rebaja la tribuna presidencial de la que debería emanar un discurso tolerante.
El presidente profiere juicios y propala falsedades que siembran odio y división en la sociedad mexicana. Sus palabras son órdenes: tras ellas han llegado la censura, las sanciones administrativas y los amagos judiciales a los medios y publicaciones independientes que han criticado a su gobierno. Y la advertencia de que la opción para los críticos es callarse o dejar el país.
El presidente ha despreciado la lucha de las mujeres y el feminismo, ha despreciado también el dolor de las víctimas por la violencia, ha ignorado los reclamos ambientalistas, ha lesionado presupuestalmente a los organismos autónomos, ha tratado de humillar al poder judicial, ha golpeado a las instituciones culturales, científicas y académicas, y ahora pretende socavar la libertad de expresión.
Recordemos, por último, que no se estigmatiza a personas físicas o morales desde el poder presidencial sin ponerlas en riesgo. No se alimenta el rencor desde esa tribuna, sin que el odio llegue al río alguna vez.

 

ESTO TIENE QUE PARAR

ACTOR POLÍTICO

Persona o grupo que desempeña un role políticamente relevante, es decir, un role que afecta directamente las operaciones de alguna estructura dentro del sistema político a pesar de lo pequeño que este efecto pueda ser. Así, un votante, un Comité del Congreso, un Dictador, el Secretario de una rama de un partido político, un magnicida y un grupo de presión, son actores políticos. JG

ACTO ADMINISTRATIVO

Es un acto unilateral o un contrato sujeto a un régimen jurídico de derecho administrativo. Como tal, está sujeto al control de la jurisdicción administrativa. Por ser acto administrativo unilateral, se trata, ya sea de un acto omitido directamente por un órgano administrativo con un propósito de orden público o de servicio público correspondiente a las funciones de este órgano o de un acto emanado directamente de un particular o de una persona moral de derecho privado (empresa, sociedad, asociación, cooperativa, etc. ) que persigue un objetivo de orden público o de servicio público, confiado a esta persona por la administración y utilizando, con la autorización de la misma, y bajo su control, prerrogativas de poder público.

La primera definición permite comprender dos puntos esenciales. Aquello que autoriza, con mayor seguridad, a distinguir el acto administrativo del acto legislativo y del acto jurisdiccional, es la calidad del órgano autor del acto.

De esta manera, el acto legislativo emana de los órganos del poder legislativo, el acto jurisdiccional de los órganos de la justicia.

Los órganos administrativos pueden realizar actos de gestión privada de su patrimonio o de sus propios asuntos, que, en consecuencia, no son actos administrativos porque no pretenden asegurar el orden público o participar en la ejecución de un servicio público.

La segunda definición permite tomar conciencia del hecho de que numerosos organismos privados, particularmente en los dominios económico y social, se encuentran investidos de facultades de servicio público y atribuirse prerrogativas del poder público para hacer verdaderos actos administrativos unilaterales. Tal es el caso de ciertas instituciones financieras: bancos, ciertas fundaciones de organismos profesionales, etc. ACR.

 

Del Diccionario Electoral... REELECCIÓN

Es volver a elegir nuevamente a la misma persona para el cargo de representación popular que está desempeñando y cuyo periodo va a terminar. Jurídicamente significa la posibilidad que tiene el titular de un puesto de elección popular para contender otra vez por ese mismo cargo, cuando está por finalizar su ejercicio en el mismo. La reelección puede existir por omisión (no prohibida) o por disposición expresa de la ley. Asimismo, la reelección puede ser limitada o ilimitada, según exista o no un número determinado de reelecciones permitidas.

En contraste, la no reelección es la imposibilidad de participar nuevamente en un proceso electoral como candidato a un puesto de representación popular para el cual ya ha sido electo. Teóricamente, impide el continuismo, "un mal político contrario al sistema democrático porque evita el desarrollo de una de sus virtudes como resulta ser la alternabilidad en el poder" (Campillo).

La no reelección puede ser total o parcial; la primera cuando no se puede volver a ocupar el mismo cargo por segunda vez bajo ninguna circunstancia; y parcial, cuando el cargo no puede ser ocupado en el periodo inmediato al que se concluye, pero hay la posibilidad de reelección para los periodos subsecuentes, en cuyo caso se trata de eliminar la influencia del cargo o "efecto del titular" para salvaguardar la equidad en la competencia electoral.
No existe acuerdo sobre las bondades y consecuencias negativas de la reelección y la no reelección. Hay argumentos a favor y en contra. Se afirma que sólo se respeta plenamente la voluntad popular si el electorado puede reelegir libremente a sus representantes cuantas veces lo decida; y al contrario, se argumenta que la no reelección obliga al relevo constante de las mujeres y hombres para que nadie pueda apropiarse del poder, ni hacer predominar los mismos intereses por un largo tiempo, lo cual alienta la democracia inclusiva y participativa; se trata de que el mayor número posible de ciudadanos "pueda escalar puestos de elección popular por sus dotes y merecimientos ante la opinión de las mayorías..."

Página 16 de 44